Control preventivo a conductores – Tolerancia cero
Mediante la formulación de políticas y regulación, SENDA busca disminuir la prevalencia de consumo de alcohol y otras drogas, liderando, diseñando e implementando un plan de acción intersectorial para reducir los daños sociosanitarios vinculados a este fenómeno.
- Estos controles tienen como objetivo cuidar a los ciudadanos de nuestro país y hacer cumplir la ley, ya que nuestra legislación establece que no se puede conducir bajo los efectos del alcohol ni de ninguna sustancia psicotrópica o estupefaciente.
- Los controles preventivos se realizan en operativos desarrollados en sectores estratégicos de las distintas ciudades del país. Participan de ellos, Carabineros de Chile y SENDA, que pone a disposición de esta tarea una ambulancia y profesionales de salud capacitados para realizar in situ alcoholemias y exámenes de sangre para la detección de drogas o alcohol.
- A través de los operativos Tolerancia Cero se busca prevenir accidentes de tránsito por consumo de alcohol u otras drogas, sacando de circulación a quienes manejan bajo la influencia de estas sustancias y ponen en riesgo su vida y la de los demás.
Preguntas frecuentes
Es un instrumento de fiscalización rápida que permite medir la concentración de alcohol en el pulmón, a través del aire que se exhala.
Todo conductor que sea cuyo resultado en el examen de alcoholemia de como resultado dosificación superior a 0,3 e inferior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre. ¿Qué se entiende por manejo en estado de ebriedad? Todo conductor que sea cuyo resultado en el examen de alcoholemia de como resultado dosificación igual o superior a 0,8 gramos por mil de alcohol en la sangre o en el organismo.
Es un instrumento de fiscalización rápida que permite detectar la presencia de drogas en el conductor, a través de una muestra de saliva que se analiza en el lugar.
- Artículo 182.- Carabineros podrá someter a cualquier conductor a una prueba respiratoria o de otra naturaleza destinada a detectar la presencia de alcohol en el organismo o acreditar el hecho de conducir bajo la influencia de estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Carabineros, asimismo, podrá practicar estos exámenes a toda persona respecto de la cual tema fundadamente que se apresta a conducir un vehículo en lugar público y que presente signos externos de no estar en plenitud de facultades para ello.
- Artículo 185.- Toda persona estará obligada, en la vía pública, a cumplir en forma inmediata cualquier orden, indicación o señal de Carabineros relativas al tránsito, sin que pueda discutirla, desobedecerla o entorpecer su cumplimiento.
Cocaína (COC) Delta-9-tetrahidrocannabinol (THC) Opiáceos (OPI) Metanfetamina (MET) Anfetamina (AMP)
Sí, cualquier conductor puede ser fiscalizado. Esto es establecido por la Ley del Tránsito N° 18.120.
Tal como ocurre en el control de alcohol, el personal de Carabineros debe llamar al fiscal de turno para solicitar autorización para efectuar el control. Si dada esta autorización el conductor aún se niega, por un criterio de seguridad del personal, se dejará constancia de esta negativa y de las circunstancias del caso. La consecuencia penal es que se puede establecer una presunción de conducción bajo la influencia del alcohol.
La Ley de Tránsito prohíbe, en su artículo 115 A inciso segundo indica, “la conducción de cualquier vehículo o medio de transporte, la operación de cualquier tipo de maquinaria o el desempeño de las funciones de guardafrenos, cambiadores o controladores de tránsito, ejecutados en estado de ebriedad, bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, o bajo la influencia del alcohol.”. En ese contexto, la legislación nacional en los últimos años ha dado avances en torno a la idea de endurecer las sanciones respecto a la conducción en estado de ebriedad y bajo influencia del alcohol, y en menor medida respecto a la conducción bajo la influencia de estupefacientes, esto dado a la falta de instrumentos técnicos que permitan fiscalizar y determinar tal supuesto de conducción de manera concreta. La Ley del Tránsito establece un régimen de penas aplicables a quien ha conducido bajo la influencia de estupefacientes, aun cuando ella no distingue entre grados de afectación por efectos de las drogas, como sí lo hace con el alcohol.
En el marco de los operativos de control preventivos a conductores en alcohol y drogas, realizados conjuntamente por SENDA y Carabineros de Chile, y las facultades que le otorga la ley a estos últimos, pueden siempre realizar controles alcotest (alcohol) o de Narcotest (drogas).
Hay dos opciones, se lo puede llevar un cercano al conductor detenido o lo puede trasladar una grúa hasta los corrales municipales, queda a juicio de lo que disponga el fiscal del Ministerio Público.
En este caso puntual, el Carabinero debe dar cuenta de esta situación al Fiscal de flagrancia, mediante una llamada telefónica. Ante esto, es el Fiscal quien debe tomar una resolución al respecto, si lo deja apercibido al artículo 26 del Código Procesal Penal u ordena su detención para ponerlo a disposición del Juez de Garantía.
La sanción es la misma, no aumenta.
Los primeros países que comenzaron a usar este tipo de estrategia para reducir la conducción bajos los efectos de las drogas fueron Países Bajos y Reino Unido, que comienzan a utilizarlo ya desde 1998. Australia, uno de los países que más controles realiza (sobre 150 mil al año) tiene este tipo de estrategia desde 2005. En general, todos los países prohíben conducir bajo la influencia de cualquier sustancia. No obstante, cada país establece una lista de sustancias que los conductores no pueden usar. Esta lista puede excluir algunas sustancias, como medicamentos o nuevas sustancias que aún no están bajo control. Así también, en todos los países que utilizan este tipo de controles, es la policía quien tiene la autoridad de detener a los conductores y aplicar la prueba, sin embargo, el criterio para la detención del vehículo puede variar. Por ejemplo, Francia y los Países Bajos realizan controles al azar, mientras España, Alemania, Australia y Reino Unido, se basan en la sospecha de que el conductor puede haber consumido algún tipo de sustancia. De la misma manera, no todos los países toman pruebas de fluidos orales (saliva) en el camino para detectar si el conductor consumió algún tipo de sustancia. Por ejemplo, en Colorado, California y Países Bajos, se toma una prueba de sangre y/u orina. Por último, si se comprueba que la persona consumió sustancias ilícitas o controladas, se aplica la suspensión de la licencia de conducir y una sanción monetaria. El tiempo de suspensión y la multa varía en función del número de reincidencias y de la gravedad de la falta. En los casos más graves, se puede sancionar con cárcel (por ejemplo, se comprueba consumo de sustancias en el conductor y existen personas fallecidas).
El test de drogas a conductores es una estrategia que se ha implementado en una cantidad importante de países. Por ejemplo, de los 36 países que son parte de la OCDE actualmente, 23 países implementan controles de este tipo. Con Chile serían 24. El detalle de estos países es el siguiente: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, República Checa, Dinamarca, Estonia, Alemania, Francia, Hungría, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Nueva Zelandia, Polonia, Portugal, España, Eslovenia, Eslovaquia, Reino Unido y Estados Unidos. En la región, el test de drogas a conductores también es utilizado algunas ciudades de Argentina (Neuquén) y en Uruguay.